miércoles, 4 de mayo de 2016

SEIS CONSECUENCIAS DEL "MATRIMONIO HOMOSEXUAL".

Seis consecuencias del ‘matrimonio’ homosexual, según el Witherspoon Institute

¿Qué consecuencias tiene para la sociedad democrática la institucionalización del matrimonio

homosexual?

por FORUMLIBERTAS.COM en HOMOSEXUALISMO POLÍTICO

¿Qué consecuencias tiene para la sociedad democrática la institucionalización del ‘matrimonio’

homosexual? No es la primera vez que se plantea esta cuestión desde organizaciones defensoras de la

familia tradicional en todo el mundo y, en concreto, en el seno de la sociedad estadounidense.

Así lo hacía hace poco más de cuatro años, por ejemplo, el apologista profesor de ética y teología Bill

Muehlenberg, secretario del Family Council of Victoria, cuando mostraba su postura contraria al

‘matrimonio’ gay mediante siete argumentos no religiosos.

Ahora, un estudio del prestigioso think tank estadounidense Witherspoon Institute, especializado en los

fundamentos morales de la sociedad y la familia, ha publicado el estudio ‘Matrimonio homosexual: la

nueva dictadura, donde constatan el impacto negativo que este tipo de uniones tienen en la sociedad.

El informe de este instituto, incluido en su página Public Discourse, detalla hasta seis consecuencias del

‘matrimonio’ gay, entre ellas la restricción al derecho a la libertad de expresión, al de los padres a

educar a sus hijos, al de autonomía de las instituciones religiosas y un debilitamiento del matrimonio

como institución.

Los responsables del estudio señalan que la información contenida en el mismo es vital para líderes de

opinión, políticos, sacerdotes, educadores, padres de familia, respecto de las consecuencias que hoy se

conocen en Canadá, tras diez años de haber legalizado como matrimonio las uniones de personas del

mismo sexo.

¿Cómo afectará en el futuro?

El estudio apunta a que los ingenieros sociales occidentales están introduciendo en esta parte del

mundo el matrimonio entre personas del mismo sexo, con la consigna de la igualdad de derechos para la

minoría homosexual.

Ante esta cuestión, los países donde se está introduciendo o con legislaciones recientes sobre el tema se

preguntan cómo afectara en el futuro esta medida polémica. Una forma de dar respuesta a esta

pregunta es observar lo que ha sucedido en aquellos países pioneros en legislar sobre el ‘matrimonio’

homosexual.

El estudio recoge en este sentido la situación actual de Canadá, que ya ha cumplido 10 años desde que

estableció la legislación de matrimonio entre personas del mismo sexo, y que se constituye en un

laboratorio para los demás países.

Más allá de las diferencias culturales, sociales y de jurisprudencia entre Canadá y otros países, la

experiencia canadiense es la mejor evidencia disponible sobre el impacto a corto plazo del ‘matrimonio’

gay en una sociedad democrática. Veamos un resumen del informe, según publicabael pasado 9 de

enero PortaLuz.org.

1. Vulnera los derechos humanos

El efecto formal de las decisiones judiciales (y la legislación posterior) que establecieron el matrimonio

homosexual civil en Canadá era simplemente que las personas del mismo sexo podrían conseguir que el

Gobierno reconozca su relación como matrimonio. Pero el efecto legal y cultural fue mucho más amplio.

Lo que sucedió fue la adopción de una nueva ortodoxia: que las relaciones homosexuales son, en todos

los sentidos, el equivalente del matrimonio natural, y que el matrimonio del mismo sexo por lo tanto

debe ser tratado de manera idéntica al matrimonio natural en el Derecho y en la vida pública.

Un corolario es que cualquiera que rechace la nueva ortodoxia debe estar actuando sobre la base de la

intolerancia y la animadversión hacia los gays y las lesbianas. Cualquier declaración de desacuerdo con

el matrimonio civil de personas del mismo sexo se considera una manifestación directa de odio hacia un

grupo minoritario sexual.

Además, cualquier explicación razonada (por ejemplo, las que se ofrecían en los argumentos jurídicos

que el matrimonio homosexual es incompatible con una concepción del matrimonio que responda a las

necesidades de los hijos del matrimonio, de estabilidad, fidelidad y permanencia, lo que a veces se llama

la concepción conyugal del matrimonio), es desestimada de inmediato como mero pretexto.

2. Afecta el derecho a la libertad de expresión

El impacto de la nueva ortodoxia no se ha limitado al número relativamente pequeño de personas en

riesgo de ser obligadas a apoyar o celebrar un matrimonio del mismo sexo.

El cambio ha afectado ampliamente a las personas, incluyendo a los clérigos, que deseen hacer públicos

los argumentos acerca de la sexualidad humana. Mucho discurso, que era posible antes de la aprobación

del matrimonio homosexual, ahora conlleva riesgos.

Muchos de los que han persistido en expresar su desacuerdo han sido objeto de investigaciones por

parte de comisiones de derechos humanos y procedimientos (en algunos casos) ante los tribunales de

derechos humanos…

Los maestros están particularmente en riesgo de una acción disciplinaria, y aunque sólo hagan

declaraciones públicas criticando el matrimonio homosexual fuera de las aulas, siguen siendo

considerados como creadores de un ambiente hostil para los estudiantes gays y lesbianas.

3. Disminuyen los derechos de los padres en la educación pública

La institucionalización del matrimonio homosexual ha generado un sutil pero penetrante cambio en la

patria potestad en la educación pública. El debate sobre cómo hablar del matrimonio del mismo sexo en

el aula es muy parecido al debate sobre el lugar de la educación sexual en las escuelas, y sobre las

pretensiones gubernamentales de ejercer autoridad primaria sobre los niños.

Pero, si la educación sexual ha sido siempre un asunto discreto, en el sentido de que, por su naturaleza,

no puede penetrar en la totalidad del plan de estudios, el matrimonio homosexual es de una base

diferente.

Dado que uno de los principios de la nueva ortodoxia es que las relaciones del mismo sexo merecen el

mismo respeto que damos a cualquier matrimonio, sus proponentes han tenido un éxito notable en la

exigencia de que el matrimonio homosexual sea presentado de manera positiva en el aula.

Reformas curriculares en jurisdicciones como British Columbia ahora impiden que los padres ejerzan su

poder de veto sobre las prácticas educativas polémicas.

4. Altera el derecho de autonomía de las instituciones religiosas

A primera vista, el clero y lugares de culto aparecían en gran parte inmunes a la coacción para realizar

matrimonios del mismo sexo. De hecho, este fue el gran pacto de la legislación del matrimonio del

mismo sexo: que el clero mantendría el derecho a no realizar matrimonios que violen sus creencias

religiosas. Los lugares de culto no podían ser reclutados en contra de los deseos de las entidades

religiosas.

Sin embargo, se trata de una protección insuficiente que solo evita que el clero sea obligado a llevar a

cabo ceremonias de matrimonio. Pero, por ejemplo, deja a las congregaciones vulnerables a problemas

legales si se niegan a alquilar sus instalaciones auxiliares a parejas del mismo sexo para sus ceremonias,

o a cualquier otra organización que pretenda utilizar la instalación para promover una visión de la

sexualidad totalmente en desacuerdo con los suyas.

5. Cambia la concepción pública de matrimonio

Se ha argumentado que si el matrimonio homosexual está institucionalizado, nuevas categorías

matrimoniales pueden ser aceptadas, como la poligamia.

Una vez que se abandona la concepción conyugal del matrimonio, y se la sustituye por una concepción

del matrimonio que tiene como criterio la búsqueda de compañía adulta, no hay ninguna base de

principios para negar la extensión de licencias de matrimonio a las uniones polígamas y al llamado

"poliamor".

6. No aumenta la práctica del matrimonio

En cuanto a la práctica del matrimonio, es demasiado pronto para decir mucho. Los datos del censo de

2011 establecen que, en primer lugar, el matrimonio está en declive en Canadá, como en gran parte de

Occidente; en segundo lugar, el matrimonio homosexual es un fenómeno estadísticamente menor; y

tercero, hay muy pocas parejas del mismo sexo (casadas o no) con niños en el hogar.

Así, lo que se desprende de estos datos es que el matrimonio del mismo sexo no tiene, contrariamente a

los argumentos que se manejaron, el poder de impulsar una cultura renaciente del matrimonio en

Canadá. Tampoco existen datos censales para argumentos empíricos que unan la institucionalización del

matrimonio del mismo sexo a la estabilidad del matrimonio.

martes, 3 de mayo de 2016

LIBRO "MÁXIMAS DE DON BOSCO" EN PDF

MÁXIMAS DE DON BOSCO

INVENCIÓN DE LA SANTA CRUZ.

Icono bizantino en el que se representa a la 
Emperartiz Elena y a Constantino I el Grande junto a la Vera Cruz



Hoy 3 de Mayo. Fiesta de la Invención o Hallazgo de la Santa Cruz. Hacia el año 326 la emperatriz Elena de Constantinopla (madre del emperador Constantino I el Grande) hizo demoler el templo de Venus que se encontraba en el monte Calvario, en Jerusalén, y excavar allí hasta que le llegaron noticias de que se había hallado la Vera Cruz. El viaje se había realizado con objeto de encontrar el Santo Sepulcro, que se hallaba perdido. Se inició la búsqueda debido al culto de la cruz, desde la muerte de Jesucristo. Según la historia dorada de Santiago de la Vorágine, cuando la emperatriz —que entonces tenía ochenta años— llegó a Jerusalén, hizo someter a interrogatorio a los judíos más sabios del país para que confesaran en del lugar en el que Cristo había sido crucificado. Después de conseguir esta información, la llevaron hasta el supuesto Monte de la calavera (el Gólgota), donde el emperador Adriano, 200 años antes, había mandado erigir un templo dedicado a la diosa Venus. Se cree que en realidad el Gólgota era una antigua cantera abandonada con un macizo rocoso, poco útil para la construcción, que quedó sin utilizar y constituyó posteriormente el patíbulo donde colocaban las cruces los romanos. Esta cantera estaba fuera de la muralla, pero cercana a ella.



Santa Elena ordenó derribar el templo y excavar en aquel lugar, en donde según la leyenda encontró tres cruces: la de Jesús y la de los dos ladrones. Como era imposible saber cuál de las tres cruces era la de Jesús, la leyenda cuenta que Elena hizo traer un hombre muerto, el cual, al entrar en contacto con la cruz de Jesucristo, la Vera Cruz, resucitó. El hallazgo de la reliquia se conmemoraba antiguamente en el mes de mayo con el nombre de fiesta de la Invención de la santa Cruz.



La Emperatriz y su hijo Constantino hicieron construir en el lugar del hallazgo un fastuoso templo, la llamada Basílica del Santo Sepulcro, en la que guardaron la reliquia. Mucho después, en el año 614, el rey persa Cosroes II tomó Jerusalén y, tras la victoria, se llevó la Vera Cruz y la puso bajo los pies de su trono, como símbolo de su desprecio a la religión de los cristianos.



Tras quince años de luchas, el emperador bizantino Heraclio lo venció definitivamente en el año 628. Poco después, en una ceremonia celebrada el 14 de septiembre de ese año, la Vera Cruz regresó a Jerusalén, llevada en persona por el emperador a través de la ciudad procesionalmente. Dice la leyenda que cuando el emperador, vestido con gran magnificiencia, quiso cargar con la reliquia, fue incapaz de hacerlo, no siéndole posible hasta que no se despojó de todas las galas a imitación de la pobreza y la humildad de Cristo .Desde entonces, ese día quedó señalado en los calendarios litúrgicos como el de la Exaltación de la Santa Cruz.

lunes, 2 de mayo de 2016

JURAMENTO ANTIMODERNISTA



JURAMENTO ANTI-MODERNISTA Motu Propio: “SACRORUM ANTISTITUM” Impuesto al clero en septiembre de 1910 por S.S. Pío X

“ Yo…abrazo y recibo firmemente todas y cada una de las verdades que la Iglesia por su magisterio, que no puede errar, ha definido, afirmado y declarado, principalmente los textos de doctrina que van directamente dirigidos contra los errores de estos tiempos.” “En primer lugar, profeso que Dios, principio y fin de todas las cosas puede ser conocido y por tanto también demostrado de una manera cierta por la luz de la razón, por medio de las cosas que han sido hechas, es decir por las obras visibles de la creación, como la causa por su efecto.” “En segundo lugar, admito y reconozco los argumentos externos de la revelación, es decir los hechos divinos, entre los cuales en primer lugar, los milagros y las profecías, como signos muy ciertos del origen divino de la religión cristiana. Y estos mismos argumentos, los tengo por perfectamente proporcionados a la inteligencia de todos los tiempos y de todos los hombres, incluso en el tiempo presente.” “En tercer lugar, creo también con fe firme que la Iglesia, guardiana y maestra de la palabra revelada, ha sido instituida de una manera próxima y directa por Cristo en persona, verdadero e histórico, durante su vida entre nosotros, y creo que esta Iglesia esta edificada sobre Pedro, jefe de la jerarquía y sobre sus sucesores hasta el fin de los tiempos.” “En cuarto lugar, recibo sinceramente la doctrina de la fe que los Padres ortodoxos nos han transmitido de los Apóstoles, SIEMPRE CON EL MISMO SENTIDO Y LA MISMA INTERPRETACIÓN. POR ESTO RECHAZO ABSOLUTAMENTE LA SUPOSICION HERETICA DE LA EVOLUCION DE LOS DOGMAS, según la cual estos dogmas cambiarían de sentido para recibir uno diferente del que les ha dado la Iglesia en un principio. Igualmente, repruebo todo error que consista en sustituir el deposito divino confiado a la esposa de Cristo y a su vigilante custodia, por una ficción filosófica o una creación de la conciencia humana, la cual, formada poco a poco por el esfuerzo de los hombres, sería susceptible en el futuro de un progreso indefinido.” “Consecuentemente: mantengo con toda certeza y profeso sinceramente que la fe no es un sentido religioso ciego que surge de las profundidades tenebrosas del “subconsciente”, moralmente informado bajo la presión del corazón y el impulso de la voluntad, sino que un verdadero asentamiento de la inteligencia a la verdad adquirida extrínsecamente por la enseñanza recibida EX CATEDRA, asentamiento por el cual creemos verdadero, a causa de la autoridad de Dios cuya veracidad es absoluta, todo lo que ha sido dicho, atestiguado y revelado por el Dios personal, nuestro creador y nuestro Maestro”. “En fin, de manera general, profeso estar completamente indemne de este error de los modernistas, que pretenden no hay nada divino en la tradición sagrada, o lo que es mucho peor, que admiten lo que hay de divino en el sentido panteísta, de tal manera que no queda nada más que el hecho puro y simple de la historia, a saber: El hecho de que los hombres, por su trabajo, su habilidad, su talento continúa a través de las edades posteriores, la escuela inaugurada por Cristo y sus Apóstoles. Para concluir, sostengo con la mayor firmeza y sostendré hasta mi ultimo suspiro, la fe de los Padres sobre el criterio cierto de la verdad que está, ha estado y estará siempre en el episcopado transmitido por la sucesión de los Apóstoles; no de tal manera que esto sea sostenido para que pueda parecer mejor adaptado al grado de cultura que conlleva la edad de cada uno, sino de tal manera que LA VERDAD ABSOLUTA E INMUTABLE, predicada desde los orígenes por los Apóstoles, NO SEA JAMAS NI CREIDA NI ENTENDIDA EN OTRO SENTIDO. “Todas estas cosas me comprometo a observarlas fiel, sincera e INTEGRAMENTE, a guardarlas inviolablemente y a no apartarme jamás de ellas sea enseñando, sea de cualquier manera, por mis palabras y mis escritos…”.

PROFESIÓN DE FE TRIDENTINA


El 13 de noviembre de 1564, de conformidad con las decisiones del santo Concilio de Trento, en relación con la reforma general de la Iglesia, a fin de asegurar la transmisión de la auténtica doctrina católica, y de conformidad con las Constituciones Apostólicas Iniuctum nobis y In sacrosancti Beati Petre, las cuales fueron publicadas ese mismo día, Su Santidad, el Papa Pío IV, hizo obligatoria en toda la Iglesia una profesión de fe: Todos los obispos, todos los sacerdotes y todos los clérigos encargados de la enseñanza, se vieron obligados a partir de entonces a profesarla públicamente, antes de comenzar su ministerio.
Tras el Concilio Vaticano I, en 1877, se hicieron dos adiciones a la misma. En 1910, el Papa San Pío X añadió el juramento antimodernista, y la totalidad resultante de esta “profesión de la fe católica” se colocó al principio del Código de Derecho Canónico (1) 1917.
En este 450 aniversario, nos pareció justo y útil para nuestros amigos y lectores, tener a la mano una traducción de esta
“Profesión de Fe tridentina”:
“Yo, N., creo firmemente y profeso todas y cada una de las verdades que se contienen en el símbolo de la Fe que usa la Santa Iglesia Romana, es a saber:
Creo en un solo Dios, Padre omnipotente, creador del cielo y de la tierra, de todas las cosas visibles e invisibles. Y en un solo Señor Jesucristo, Hijo unigénito de Dios. Y nacido del Padre antes de todos los siglos. Dios de Dios, luz de luz, Dios verdadero de Dios verdadero. Engendrado, no creado, consustancial al Padre: por quien todas las cosas fueron creadas; El cual por nosotros los hombres y por nuestra salud descendió de los cielos. Y por obra del Espíritu Santo se encarnó en las entrañas de la Santísima Virgen y se hizo hombre; Por nosotros fue también crucificado, bajo Poncio Pilato: padeció y fue sepultado. Y resucitó al tercer día, según las Escrituras. Y subió a los cielos; Y está sentado a la diestra del Padre. Y otra vez ha de venir con gloria a juzgar a los vivos y a los muertos: y su reino no tendrá fin; Y en el Espíritu Santo, Señor y vivificador: que procede del Padre y del Hijo. El cual es juntamente adorado con el Padre y el Hijo, y co glorificado: y habló por medio de los profetas; Y en la Iglesia, Una, Santa, Católica y Apostólica. Confieso que hay un solo Bautismo para remisión de los pecados. Y espero la resurrección de los muertos. Y la vida del siglo venidero. Amén.
Firmísimamente admito y abrazo las tradiciones apostólicas y eclesiásticas y las demás observancias y constituciones de la misma Iglesia. Asimismo acepto la Sagrada Escritura conforme al sentido que le ha dado y la da la santa Madre Iglesia, a la cual toca juzgar acerca del verdadero sentido e interpretación de las Sagradas Escrituras; y jamás las aceptaré e interpretaré sino en conformidad con el unánime sentir de los Padres. Confieso también que verdadera y propiamente son siete los Sacramentos de la nueva ley instituidos por Nuestro Señor Jesucristo, y que son necesarios para la salvación del género humano, si bien no todos lo son a cada uno, a saber, el Bautismo, la Confirmación, la Eucaristía, la Penitencia, la Extremaunción, el Orden y el Matrimonio; y que confieren la gracia, y de ellos el Bautismo, la Confirmación y el Orden no se pueden reiterar sin sacrilegio. Acepto y admito asimismo los ritos aprobados por la Iglesia Católica para la solemne administración de todos los Sacramentos sobredichos. Acato y recibo todas y cada una de las cosas que acerca del pecado original y de la justificación fueron definidas y declaradas en el santo Concilio de Trento. Igualmente confieso que en la Misa se ofrece a Dios un verdadero, propio y propiciatorio Sacrificio por los vivos y por los difuntos; y que en el Santísimo Sacramento de la Eucaristía están verdadera, real y sustancialmente el Cuerpo, y la Sangre juntamente con el alma y la divinidad de nuestro Señor Jesucristo, y que se efectúa la conversión de toda la sustancia del pan en el Cuerpo, y de toda la sustancia del vino en la Sangre, la cual conversión es denominada Transustanciación por la Iglesia Católica. Confieso también que bajo cada una de las especies se recibe a Jesucristo total e íntegro, y un verdadero Sacramento. Firmemente admito la existencia del Purgatorio, y que a las almas en él detenidas pueden los fieles ayudarlas con sufragios; E igualmente que los Santos que están reinando con Cristo deben ser venerados e invocados, y que ellos ruegan a Dios por nosotros, y que sus Reliquias deben ser veneradas. Afirmo resueltamente que se deben tener y conservar las imágenes de Jesucristo y de la Madre de Dios siempre Virgen, y también de otros Santos, y que se les ha de tributar el debido honor y veneración; Afirmo que Jesucristo dotó a la Iglesia de potestad para conceder indulgencias, y que el uso de las mismas es en gran manera saludable al pueblo cristiano. Reconozco a la Santa, Católica y Apostólica Iglesia Romana por madre y maestra de todas las Iglesias, y también admito y profeso sin la menor duda cuanto han enseñado, definido y declarado los sagrados Cánones y los Concilios Ecuménicos, y en especial el sacrosanto Concilio de Trento y el Ecuménico Concilio Vaticano, sobre todo respecto del primado e infalible magisterio del Romano Pontífice, y al mismo tiempo, todas las cosas contrarias y cualesquiera herejías por la Iglesia condenadas y rechazadas y anatemizadas yo igualmente las condeno, rechazo y anatematizo.
Esta verdadera Fe Católica, fuera de la cual nadie puede salvarse, que al presente espontáneamente profeso y de verdad tengo.
Yo mismo, N., prometo, hago voto y juro que, con la ayuda de Dios, la he de conservar siempre íntegra e intacta hasta el postrer instante de mi vida, y procuraré cuanto de mí dependa que mis súbditos o aquellos a quienes por mi cargo esté obligado a cuidar, tengan dicha fe, la enseñen y la prediquen. Así, Dios me ayude, y estos sus santos Evangelios.”